1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la norma sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al patrón para la subsanación de las deficiencias observadas, menos que por la empeoramiento e inminencia de los riesgos procediese establecer la paralización prevista en el https://auditoraensst94566.blogthisbiz.com/43162072/nuevo-paso-a-paso-mapa-plan-de-prevención