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La guía más grande Para asesoría demanda laboral

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Consiento que este sitio web almacene la información que he enviado para que puedan replicar a mi consulta. En cuanto al plazo para reclamar cantidades es de un año, en virtud del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, desde que la empresa tenía que abonarlo y no lo hizo https://acompa-amiento-en-demanda94937.blogoxo.com/34476784/5-hechos-fácil-sobre-asesor-jurídico-laboral-descritos

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